Conozca las 3 modalidades de residencia
El principado de Andorra, ubicado en los Pirineos, es un país muy atractivo para vivir gracias a sus beneficios económicos y sociales.
Residencia sin actividad lucrativa o para residentes pasivos
Tipos de residencia
Actividad
Sin actividad
Inversión mínima en Andorra
600.000€ o 400.000€ en el fondo de Vivienda
Permanencia mínima
90 días
Depósito
47.500 + 9.500 € para cada persona a cargo
Recursos económicos
Acreditar recursos económicos suficientes para mantenerse, tanto el titular como las personas a su cargo.
Actividad
- La sede o base de la actividad debe estar en Andorra.
- Un 85% de los servicios debe prestarse en el extranjero.
Inversión mínima en Andorra
No se requiere inversión mínima.
Permanencia mínima
90 días
Depósito
47.500 + 9.500 € para cada persona a cargo
Recursos económicos
Acreditar recursos económicos suficientes para mantenerse, tanto el titular como las personas a su cargo.
Actividad
Un 85% de los servicios debe utilizarse en el extranjero.
Inversión mínima en Andorra
No se requiere inversión mínima.
Permanencia mínima
90 días
Depósito
47.500 + 9.500 € para cada persona a cargo
Recursos económicos
Acreditar recursos económicos suficientes para mantenerse, tanto el titular como las personas a su cargo.
Descúbrelo en este enlace: Soluciones para obtener su residencia pasiva
Residencia lucrativa o para residentes activos (por cuenta propia)
Tipos de profesiones
- Autorización del gobierno para el ejercicio de la profesión.
- Es necesario colegiarse en el colegio profesional correspondiente.
- Autorización para constituir una sociedad con una participación superior al 20%.
- Es necesario ejercer un cargo en el órgano de administración y una función directiva en la sociedad.
- Es necesario ser titular de un comercio registrado y activo en Andorra.
- Depósito de 15 000 € frente a la Autoridad Financiera Andorrana.
Residencia fiscal (por cuenta ajena)
Puntos a tener en cuenta
- Las personas que permanezcan más de 183 días, durante el año natural, en territorio andorrano.*
- Las personas que radiquen en Andorra, el núcleo principal o la base de sus actividades o sus intereses económicos.
- El cónyuge, no separado legalmente, y los hijos menores de edad de las personas residentes fiscales en Andorra.
* Se computan las ausencias esporádicas.